
BECAS MEC
PREGUNTAS FRECUENTES
para titilaciones de grado y primer y segundo ciclo
¿Se tienen en cuenta para el cómputo del mínimo los CLE matriculados?
¿Y los créditos convalidados y/o adaptados?
¿Cuántos créditos tengo que aprobar para volver a tener derecho a beca en el siguiente curso?
¿Qué tipos de becas existen? (oferta de becas)
¿Hay medidas específicas para alumnos con discapacidad?
¿se pueden pedir otras becas además de la del MEC ?
¿Hay ayudas para el Proyecto Fin de Carrera?
Si sólo me matriculo de Complementos de Formación, tengo derecho a beca?
¿Cuántas becas en total puedo tener en toda la carrera?
¿Cuáles son los requisitos económicos que debo cumplir?
¿Qué circunstancias tengo que justificar cuando alego en la beca que soy independiente?
me he cambiado de estudios ¿puedo tener beca en los nuevos estudios?
¿Dónde se presenta la beca MEC?
Para solicitar la beca del Ministerio de educación:
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica
en la dirección https://sede.educacion.gob.es
en el apartado correspondiente a “Trámites y Servicios”.
Plazo de presentación:
Hasta: 14 de octubre de 2011
1. Para el curso académico 2011-2012 y, con cargo a los créditos mencionados en el artículo anterior se convocan becas sin número determinado de personas beneficiarias para las siguientes enseñanzas:
a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
c) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
d) Complementos de formación para acceso al Máster, Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.
2. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
¿Cuál es el mínimo de créditos de los que me tengo que matricular para tener derecho a beca?
60 créditos para los estudios de grado y para el resto:
Depende de los estudios que estés cursando. Puedes consultarlo en la tabla de créditos mínimos que está expuesta en los tablones del Negociado de Becas o en la página web: http://193.145.111.205/CREDITOS.ASP
No obstante,
podrán obtener también beca los alumnos que se matriculen de entre 30 y 59
créditos en un curso académico. En este caso serán de aplicación las siguientes
reglas:
a) Quienes opten por la matrícula parcial, y no se matriculen de todos aquellos créditos de los que les fuera posible podrán obtener únicamente los componentes de matrícula, desplazamiento, transporte urbano y material para estudios. Si, además, dichos créditos se cursan en un único cuatrimestre/semestre, la cuantía de la beca será del cincuenta por ciento de la beca de desplazamiento o transporte urbano que, en su caso, pudiera corresponderle más los componentes de matrícula y material para estudios que se abonarán en su totalidad. Para mantener la beca en el siguiente curso deberán aprobar la totalidad de los créditos en que hubieran estado matriculados.
b) Quienes cursen estudios de Grado en modalidad distinta a la presencial podrán obtener los componentes de matrícula, material para estudios y el componente de desplazamiento de más de 10 a 30 kms. Si, además, dichos créditos se cursan en un único cuatrimestre/semestre, la cuantía de la beca será del cincuenta por ciento del citado componente de desplazamiento más los componentes de matrícula y material para estudios que se abonarán en su totalidad. Para mantener la beca en el siguiente curso deberán aprobar la totalidad de los créditos en que hubieran estado matriculados.
c) En aquellos casos en los que, en virtud de la normativa propia de la universidad, resulte limitado el número de créditos en que pueda quedar matriculado el estudiante, éste podrá obtener todos los componentes de beca que le correspondan de conformidad con lo dispuesto en esta convocatoria si se matricula en todos aquellos en los que le sea posible. Si dichos créditos se cursan en un cuatrimestre/semestre, la cuantía de la beca será del cincuenta por ciento de la cantidad que le hubiese correspondido con excepción de los componentes de material escolar y matrícula que se abonarán en su totalidad. En el supuesto de que el alumno se matricule también en el segundo cuatrimestre/semestre correspondiente al curso académico, se completará la cuantía de la beca con el cincuenta por ciento restante.
3. El número mínimo de créditos fijado en los párrafos anteriores en que el alumno debe quedar matriculado en el curso para el que solicita la beca no será exigible, por una sola vez, en el caso de los alumnos a los que, para finalizar sus estudios, les reste un número de créditos inferior a dicho número mínimo, siempre que no haya disfrutado de la condición de becario durante más años de los previstos en el artículo 19. Ver número máximo de becas.
4. Las asignaturas o créditos convalidados, adaptados o reconocidos no se tendrán en cuenta a efectos del cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en esta Sección.
5. En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos a que se refieren los apartados anteriores, créditos correspondientes a distintas especialidades o que superen los necesarios para la obtención del título correspondiente.
6. Los estudiantes que estén afectados de discapacidad de un grado igual o superior al 65 por ciento, podrán reducir la carga lectiva necesaria para cumplir el requisito de matriculación indicado en el párrafo 1 de este artículo hasta un máximo del 50 por ciento, quedando sujetas las cuantías a lo establecido en el artículo 9 de la presente Orden. En ningún caso podrá optar a beca con una matrícula inferior a 30 créditos.
Sí, por una sola vez, siempre que te estés matriculando de todo lo que te queda para acabar (incluida la libre elección y las asignaturas optativas) y no hayas sido beneficiario del número máximo de becas que correspondan a tus estudios. Ver número máximo de becas
¿Se tienen en cuenta para el cómputo del mínimo los CLE matriculados?
Sí.
¿Y los créditos convalidados y/o adaptados?
No.
¿Cuántos créditos tengo que aprobar para volver a tener derecho a beca en el siguiente curso?
De forma general es:
Para beca MEC: 80% de los créditos matriculados si se trata de carreras no técnicas y 60% si se trata de carreras técnicas.
Si te matriculas de más créditos que el mínimo exigido, el porcentaje varía.
Puedes calcular los créditos exactos a través de las fórmulas que hay establecidas, que las puedes consultar tanto en los tablones del Negociado de Becas, como en la página web: http://193.145.111.205/CREDITOS.ASP
si tienes de matrícula parcial:
Para mantener la beca en el siguiente curso deberán aprobar la totalidad de los créditos en que hubieran estado matriculados.
¿Qué tipos de becas existen? (oferta de becas por órgano convocante)
Que tramitemos en el Negociado de Becas: Beca General del ME (cuando estudias en tu misma CCAA), Beca de Movilidad del ME (cuando estudias en distinta CCAA), Beca de Colaboración del ME y Beca Séneca. Más información en: http://www.ull.es/portal/viewcategory.aspx?code=238
Otras becas: Cabildos, Ayuntamientos, Becas de Postgrado, etc. (podrás obtener información en los respectivos Organismos convocantes, en el SIO de esta Universidad y en la página web: http://www.ull.es/portal/viewcategory.aspx?code=23903
COMPONENTES Y CUANTÍAS DE LA BECA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
COMPONENTE DE RENDIMIENTO ACADÉMICO
domicilio personal o familiar en la España insular o en Ceuta o Melilla
CUANTÍAS DE LA BECAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
COMPONENTE DE RENDIMIENTO ACADÉMICO
En las condiciones y con el rendimiento académico establecidos en esta convocatoria, los beneficiarios de beca de carácter general obtendrán, además de los componentes que les correspondan, el componente de rendimiento académico con una cuantía de 150,00 euros
Para la obtención del componente de rendimiento académico los solicitantes deberán haber superado el 80 por ciento de los créditos en los que se hubiesen matriculado si se trata de estudios de las ramas de ingeniería y arquitectura o el 100 por cien si se trata de las demás ramas universitarias conducentes al título de grado. Estos porcentajes se aplicarán también a los casos de estudiantes con discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
1. Podrán ser beneficiarios de beca de matrícula todos los estudiantes que reúnan los requisitos, independientemente de que cambien de comunidad autónoma para realizar sus estudios.
2. La cuantía de la beca de matrícula alcanzará al mínimo de créditos necesarios para obtener la titulación de que se haya matriculado y para la que se le concede la beca. El importe será el del precio público oficial que se fije en el curso 2011-2012 para los servicios académicos. En el caso de estudiantes de universidades privadas, el importe de esta beca no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de su misma comunidad autónoma. En los estudios de las ramas de arquitectura e ingeniería la beca de matrícula no cubrirá el importe de los créditos que se matriculen por cuarta y sucesivas veces; en las demás titulaciones la beca de matrícula no cubrirá el importe de los créditos que se matriculen por tercera y sucesivas veces.
3. Podrán ser beneficiarios de beca de matrícula todos los solicitantes cuya renta familiar no exceda del umbral 5.
1. Se convocan las siguientes modalidades de beca de movilidad para estudiantes que vayan a cursar en modalidad presencial y matrícula completa alguno de los estudios enumerados en el artículo 3 a) y b) en centros ubicados en comunidad autónoma distinta a la de su domicilio familiar, con las cuantías que se indican para cada una de ellas:
|
Modalidades |
Estudiantes con domicilio familiar en Illes Balears |
Estudiantes con domicilio familiar en Canarias, Ceuta o Melilla |
Resto de estudiantes |
|
General de movilidad con residencia |
3.959,00 € |
4.273,00 € |
3.336,00 € |
|
Especial de movilidad con residencia |
6.679,00 € |
6.993,00 € |
6.056,00 € |
|
General de movilidad sin residencia |
- |
- |
1.592,00 € |
|
Especial de movilidad sin residencia |
- |
- |
3.772,00 € |
2. Para la concesión de las modalidades de becas indicadas se establecen los siguientes umbrales de renta familiar señalados en el artículo 14 de esta Orden:
a) Para las modalidades especiales de beca de movilidad se aplicará el umbral 1 de renta familiar.
b) Para la beca general de movilidad sin residencia se aplicará el umbral 3 de renta familiar.
c) Para la beca general de movilidad con residencia se aplicará el umbral 4 de renta familiar.
Para la concesión de la beca de matrícula como único componente se aplicará el umbral 5 de renta familiar
a) Para estudiantes que cursen enseñanzas conducentes al título oficial de Grado
|
Modalidades |
Cuantía en Euros |
|
Beca de residencia y material |
2.800,00 |
|
Beca de residencia, transporte urbano y material |
2.985,00 |
|
3.500,00 |
|
|
Beca de residencia y beca salario |
6.056,00 |
|
Beca de desplazamiento de 5 a 10 kilómetros y beca salario |
3.692,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 10 a 30 kilómetros y beca salario |
3.886,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 30 a 50 kilómetros y beca salario |
4.263,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 50 kilómetros y beca salario |
4.437,00 |
|
Beca de material |
244,00 |
|
Beca de desplazamiento de 5 a 10 kilómetros y material |
436,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 10 a 30 kilómetros y material |
630,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 30 a 50 kilómetros y material |
1.007,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 50 kilómetros y material |
1.181,00 |
|
Beca de transporte urbano y material |
429,00 |
b) Para estudiantes que cursen las restantes enseñanzas
|
Modalidades |
Cuantía en Euros |
|
Beca de residencia y material |
2.800,00 |
|
Beca de residencia, transporte urbano y material |
2.985,00 |
|
Beca de residencia, material y compensatoria |
5.350,00 |
|
Beca de residencia, transporte urbano, material y compensatoria |
5.535,00 |
|
Beca de material y compensatoria |
2.794,00 |
|
Beca de desplazamiento de 5 a 10 kilómetros, material y compensatoria |
2.986,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 10 a 30 kilómetros, material y compensatoria |
3.180,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 30 a 50 kilómetros, material y compensatoria |
3.557,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 50 kilómetros, material y compensatoria |
3.731,00 |
|
Beca de transporte urbano, material y compensatoria |
2.979,00 |
|
Beca de material |
244,00 |
|
Beca de desplazamiento de 5 a 10 kilómetros y material |
436,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 10 a 30 kilómetros y material |
630,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 30 a 50 kilómetros y material |
1.007,00 |
|
Beca de desplazamiento de más de 50 kilómetros y material |
1.181,00 |
|
Beca de transporte urbano y material |
429,00 |
Los beneficiarios de beca con domicilio personal o familiar en la España insular o en Ceuta o Melilla que cursan sus estudios en su misma comunidad autónoma pero que se vean en la necesidad de utilizar transporte marítimo o aéreo para acceder al centro docente en que cursen sus estudios desde su domicilio, dispondrán de 442,00 euros más sobre la cuantía de la beca que les haya correspondido.
Esta cantidad adicional será de 623,00 euros para los becarios con residencia familiar en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, Gomera, Hierro y La Palma, Menorca y las Pitiusas
a) Componente de beca salario. Este componente se adjudicará exclusivamente a los estudiantes que cursen enseñanzas de Grado en régimen presencial y será incompatible con los componentes de material para estudios y transporte urbano. Para la concesión de cualquiera de las becas que incluyen este componente se aplicará el umbral 1 de renta familiar.
b) Componente de ayuda compensatoria. Este componente se adjudicará a los estudiantes que cursen en régimen presencial enseñanzas de máster y las señaladas en el artículo 3 b). Para la concesión de cualquiera de las becas que incluyen este componente, se aplicará el umbral 1 de renta familiar.
c) Componente de ayuda de residencia. Para la adjudicación de cualquiera de las becas que incluyen el componente de ayuda para residencia, se aplicará el umbral 4 de renta familiar y se requerirá que el solicitante curse en modalidad presencial alguno de los estudios enumerados en el artículo 3 a) y b) y tenga que residir fuera del domicilio familiar durante el curso. A estos efectos, los órganos de selección podrán considerar como domicilio de la familia el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal.
d) Componente de ayuda de desplazamiento. Para la concesión de cualquiera de las ayudas de desplazamiento se aplicará el umbral 3 de renta familiar y se adjudicarán a aquellos alumnos que cursen estudios presenciales en función de la distancia existente entre el domicilio familiar del alumno y el centro docente, que será la que medie entre los respectivos cascos urbanos.
A estos efectos, los órganos de selección podrán considerar como domicilio de la familia el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal.
Los órganos de selección podrán ponderar las dificultades de desplazamiento que existen en casos concretos para adjudicar una modalidad u otra de las becas con el componente de ayuda para desplazamientoe) Componente de ayuda de transporte urbano. Procederá la adjudicación de las becas que incluyen el componente de transporte urbano en aquellos casos de estudios presenciales en que la ubicación del centro docente lo haga necesario a juicio de la comisión de selección respectiva y siempre que para el acceso al centro docente haya de costearse más de un medio de transporte público. umbral 3
f) Componente de ayuda de material de estudio. Las ayudas para material podrán adjudicarse a todos los solicitantes que cursen estudios en su comunidad autónoma y cuya renta familiar no exceda del umbral 3. No obstante, los beneficiarios del componente de residencia obtendrán también el componente de material.
Medidas específicas para compensar las desventajas de los estudiantes universitarios con discapacidad.
1. Los estudiantes afectados de una discapacidad legalmente calificada de grado igual o superior al 65 por ciento podrán reducir la carga lectiva a matricular en los términos previstos en los artículos 17.6, 21.5 y 25.7 de esta convocatoria.
2. Cuando no se haga uso de la matrícula reducida y el estudiante formalice la matrícula en la totalidad de los créditos señalados en los artículos 17.1, 21.1 y 25.1, las cuantías de las becas que les correspondan se incrementarán en un 50 por ciento, con excepción de la beca de matrícula que se abonará por el importe fijado en el curso correspondiente para los créditos de los que se haya matriculado.
3. La matrícula reducida en el caso de estos estudiantes no comportará la limitación en los componentes ni en la cuantía que se establecen en los artículos 17, 21 y 25 para los supuestos de matrícula parcial.
4. No se concederán ayudas cuando los gastos a los que atienden se hallen cubiertos suficientemente por servicios o fondos públicos.
¿se pueden pedir otras becas además de la del MEC?
Ningún estudiante podrá percibir más de una beca, aunque realice simultáneamente otros estudios. Las becas convocadas por esta Orden son incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma finalidad que puedan recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas. En el caso de que las normas reguladoras de aquéllos proclamaran su compatibilidad con las becas del Ministerio de Educación, para que dicha compatibilidad sea efectiva, deberá ser solicitada por el estudiante o por la entidad convocante, en cada caso, a la General de Atención, Participación y Empleabilidad de Estudiantes Universitarios
2. No se considerarán incompatibles las becas de esta convocatoria con las Becas-Colaboración convocadas por este Ministerio de Educación. Tampoco lo serán con las ayudas y becas ERASMUS, TEMPUS y otras de análoga naturaleza.
3. La compatibilidad entre las becas convocadas por esta Orden y las becas para residencia convocada por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) se sujetará al siguiente régimen:
a) Serán compatibles con las modalidades de beca enumeradas en los artículos 6 y 7 que no incluyan el componente de residencia
Quienes obtengan la beca de MUFACE y la beca de movilidad percibirán 429,00 euros ó 2.979,00 euros, según sea movilidad general o especial.
Los estudiantes de máster y de primer y segundo ciclo que obtengan la beca de MUFACE y alguna de las reguladas en el artículo 6 apartados 1 y 2 de esta convocatoria que incluyan el componente de ayuda para residencia, percibirán 244,00 euros, 429,00 euros, 2.794,00 euros ó 2.979,00 euros, respectivamente.
Los estudiantes de Grado que obtengan la beca de MUFACE y alguna de las reguladas en el artículo 6 apartados 1 y 2 de esta convocatoria que incluyan el componente de ayuda para residencia, percibirán 244,00 euros, 429,00euros, 3.500,00 euros, respectivamente
Este régimen se aplicará también respecto de las becas de características similares concedidas por otras Instituciones.
b) Serán totalmente compatibles con las demás modalidades de becas convocadas reguladas en los artículos 6 y 7 de esta convocatoria.
4. La compatibilidad entre las becas convocadas por esta Orden y las becas Séneca se sujetará al siguiente régimen:
a) Los componentes de compensatoria, beca salario, transporte urbano, material y la beca de matrícula convocadas por la presente convocatoria serán compatibles con las becas del programa Séneca
b) Los componentes de desplazamiento y residencia serán parcialmente compatibles con las becas del programa Séneca en los siguientes términos:
Quienes obtengan beca Séneca para el curso completo no podrán percibir ninguna cuantía por los componentes de desplazamiento ni residencia.
Si la beca Séneca no fuese para el curso completo, los solicitantes podrán obtener para los componentes de beca que les correspondan el importe que resulte de multiplicar la cuantía mensual que se recoge en la siguiente tabla por el número de meses de permanencia en la universidad de origen.
|
Componente |
Cuantía mensual Euros |
|
Desplazamiento de 5 a 10 kms……….. |
21,35 |
|
Desplazamiento de más de 10 a 30.…. |
42,90 |
|
Desplazamiento de más de 30 a 50….. |
84,75 |
|
Desplazamiento de más de 50 kms …. |
104,12 |
|
Residencia. …………………… |
284,00 |
Quienes obtengan beca general de movilidad y beca Séneca para el curso completo percibirán, como dotación de la beca de movilidad general, 429,00 euros, además de la beca de matrícula.
Si la beca Séneca no fuese para el curso completo, la dotación prevista en el párrafo anterior se incrementará en la cantidad resultante de multiplicar 391,00 euros por el número de meses de permanencia en la universidad de origen.
Quienes obtengan beca especial de movilidad y beca Séneca para el curso completo percibirán, como dotación de la beca especial de movilidad, 2.794,00 euros además de la beca de matrícula.
Si la beca Séneca no fuese para el curso completo, la dotación prevista en el párrafo anterior se incrementará en la cantidad resultante de multiplicar 391,00 euros por el número de meses de permanencia en la universidad de origen.
5. La obtención simultánea de una de las becas convocadas por esta Orden con alguna beca incompatible será causa de reintegro.
¿Hay ayudas para el Proyecto Fin de Carrera?
Sí.
Para la beca MEC debes reunir los siguientes requisitos.
- Haber superado todas las asignaturas o créditos del plan de estudios.
- No procede esta ayuda cuando el proyecto constituya una asignatura ordinaria del plan de estudios o cuando se realice simultáneamente con alguno de los cursos de la carrera.
- Para la concesión de esta beca se aplicará el umbral 3 de renta familiar establecido en el artículo 14 de la Orden de convocatoria.
- Las ayudas para el proyecto fin de carrera se concederá para un único curso académico y por una sola vez.
Los beneficiarios universitarios de la beca de proyecto fin de carrera podrán obtener igualmente la beca de matrícula y de material para estudio y la cantidad de 543 €.
Si sólo me matriculo de Complementos de Formación, tengo derecho a beca?
Complementos de formación. Los diplomados universitarios que cursen complementos de formación para proseguir enseñanzas oficiales de licenciatura, de grado o de máster podrán obtener los componentes de material y desplazamientos urbano e interurbano, en su caso, cuando la matrícula se formalice en la totalidad de créditos y sea de al menos 30 créditos. En el caso de matrícula en un número de créditos inferior solo podrán disfrutar de la beca de matrícula.
¿Cuántas becas en total puedo tener en toda la carrera?
Se podrá disfrutar de beca durante un año más de los establecidos en el plan de estudios. No obstante este plazo será de dos años para quienes cursen estudios de la rama de ingeniería y arquitectura.
Los que opten por matrícula parcial y quienes cursen la totalidad de sus estudios de grado en modalidad distinta a la presencial podrán disfrutar de la condición de becario durante un año más de lo establecido en el párrafo anterior.
Los becarios afectados por una discapacidad igual o superior al 65 por ciento que hayan reducido la carga lectiva de acuerdo con lo señalado en el artículo 17.6 anterior dispondrán hasta el doble de los años establecidos en el punto primero de este artículo.
¿Cuáles son los requisitos económicos que debo cumplir?
Existen distintos umbrales económicos
1. Los umbrales de renta familiar no superables para obtener cualquiera de los componentes de ayuda, con excepción de la ayuda compensatoria, serán los siguientes:.
Umbral 3.
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Familias de un miembro |
11.937,00 euros |
|
Familias de dos miembros |
19.444,00 euros |
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Familias de tres miembros |
25.534,00 euros |
|
Familias de cuatro miembros |
30.287,00 euros |
|
Familias de cinco miembros |
34.370,00 euros |
|
Familias de seis miembros |
38.313,00 euros |
|
Familias de siete miembros |
42.041,00 euros |
|
Familias de ocho miembros |
45.744,00 euros |
A partir del octavo miembro se añadirán 3.672,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Para obtener la ayuda de matrícula, como único componente de la beca, los umbrales de renta familiar no superables serán los siguientes:
Umbral 5.
|
Familias de un miembro |
14.112,00 euros |
|
Familias de dos miembros |
24.089,00 euros |
|
Familias de tres miembros |
32.697,00 euros |
|
Familias de cuatro miembros |
38.831,00 euros |
|
Familias de cinco miembros |
43.402,00 euros |
|
Familias de seis miembros |
46.853,00 euros |
|
Familias de siete miembros |
50.267,00 euros |
|
Familias de ocho miembros |
53.665,00 euros |
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.391 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Podrán obtener beca general o movilidad con residencia los estudiantes que no superen los umbrales máximos de renta familiar que se indican a continuación:
Umbral 4.
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Familias de un miembro |
13.236,00 euros |
|
Familias de dos miembros |
22.594,00 euros |
|
Familias de tres miembros |
30.668,00 euros |
|
Familias de cuatro miembros |
36.421,00 euros |
|
Familias de cinco miembros |
40.708,00 euros |
|
Familias de seis miembros |
43.945,00 euros |
|
Familias de siete miembros |
47.146,00 euros |
|
Familias de ocho miembros |
50.333,00 euros |
A partir del octavo miembro se añadirán 3.181,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Podrán obtener beca especial de movilidad o beca salario o compensatoria los estudiantes que no superen los umbrales máximos de renta familiar que se indican a continuación:
Umbral 1.
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Familias de un miembro |
3.771,00 euros |
|
Familias de dos miembros |
7.278,00 euros |
|
Familias de tres miembros |
10.606,00 euros |
|
Familias de cuatro miembros |
13.909,00 euros |
|
Familias de cinco miembros |
17.206,00 euros |
|
Familias de seis miembros |
20.430,00 euros |
|
Familias de siete miembros |
23.580,00 euros |
|
Familias de ocho miembros |
26.660,00 euros |
A partir del octavo miembro se añadirán entre 3.079,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
podrá comprobar si cumple con dichos umbrales en https://seguweb.mec.es/baremacionmec/Menu.do?tipoOperacion=1&idOrden=4&idNivel=4
y de patrimonio.
1. Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada según lo dispuesto en los artículos anteriores, cuando el valor de los elementos indicativos del patrimonio del conjunto de miembros computables de la familia supere alguno o algunos de los umbrales siguientes:
a) La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, excluida la vivienda habitual, no podrá superar 42.900,00 euros. En caso de inmuebles en los que la fecha de efecto de la última revisión catastral estuviera comprendida entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de diciembre de 2002 se multiplicarán los valores catastrales por 0,49. En el caso de que la fecha de la mencionada revisión fuera posterior al 31 de diciembre de 2002, los valores catastrales se multiplicarán por los coeficientes siguientes:
§ Por 0,43 los revisados en 2003
§ Por 0,37 los revisados en 2004
§ Por 0,30 los revisados en 2005
§ Por 0,26 los revisados en 2006
§ Por 0,25 los revisados en 2007
§ Por 0,25 los revisados en 2008
§ Por 0,26 los revisados en 2009
§ Por 0,28 los revisados en 2010
En los inmuebles enclavados en la Comunidad Foral de Navarra, el valor catastral se multiplicará en todo caso por 0,50.
b) La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, no podrá superar 13.130 euros por cada miembro computable.
c) La suma de los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia, excluyendo las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual y, en su caso, la renta básica de emancipación, no podrá superar 1.700 euros.
No se tendrán en cuenta a los efectos previstos en este apartado los premios en metálico o en especie obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias hasta el límite de 1.500 euros.
Estos elementos indicativos de patrimonio se computarán, conforme a lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por su valor a 31 de diciembre de 2010.
2. Cuando sean varios los elementos indicativos del patrimonio descritos en los apartados anteriores de que dispongan los miembros computables de la familia, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento respecto del umbral correspondiente. Se denegará la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supere cien.
No obstante, si una vez resulta la convocatoria el número de becarios resultase inferior al del curso 2010-2011 incrementado en un 10 por ciento, se podrá determinar que no se aplique lo dispuesto en este apartado.
3. También se denegará la beca o ayuda al estudio solicitada cuando las actividades económicas de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un total de ingresos computables de actividades económicas en estimación directa y en actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva, en 2010, superior a 155.500 euros.
4. A los efectos del cómputo del valor de los elementos a que se refieren los párrafos anteriores, se deducirá el 50 por ciento del valor de los que pertenezcan a cualquier miembro computable de la familia, excluidos los sustentadores principales.
5. La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a las administraciones educativas para obtener los datos necesarios para determinar la renta y el patrimonio a efectos de beca a través de las correspondientes administraciones tributarias.
¿Qué circunstancias tengo que justificar cuando alego en la beca que soy independiente?
Según la convocatoria beca MEC:
En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia, por lo que para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia a que se refieren los apartados 1 y 2 de este artículo.
Tratándose de estudiantes independientes, se entenderá por domicilio familiar el que el alumno habita durante el curso escolar por lo que no procederá la concesión del componente de residencia ni de las becas de movilidad, al coincidir en estos casos la residencia del estudiante durante el curso con su domicilio familiar.
¿Me pueden quitar la beca que me han concedido?
Se comprobará que los alumnos han destinado la ayuda para la finalidad para la que fue concedida.
A estos efectos, se entenderá que no han destinado la beca para dicha finalidad los becarios que hayan incurrido en alguna de las siguientes situaciones:
a) Haber anulado la matrícula.
b) No haber concurrido a examen de, al menos, un tercio de los créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria o, en el caso de alumnos con beca de proyecto fin de carrera, no haber presentado dicho proyecto en el plazo de dos años desde la fecha de la resolución de concesión de la beca.
debiendo reintegrar completamente de todos los componentes de ayuda y los componentes de ayuda correspondientes a los servicios no abonados por el alumno becario (matrícula).
Las concesiones de becas o ayudas al estudio serán modificadas con reintegro de todos o alguno de sus componentes, en caso de descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos o que existe incompatibilidad con otros beneficios de esta clase procedentes de otras personas físicas o jurídicas
me he cambiado de estudios ¿puedo tener beca en los nuevos estudios?
. Cuando se produzca un cambio de estudios universitarios cursados total o parcialmente con condición de becario, no podrá obtenerse ninguna beca en los nuevos estudios hasta que el número de cursos matriculados en éstos sea superior al número de años en que se disfrutó de beca en los estudios abandonados.
. En el supuesto de cambio de estudios cursados totalmente sin condición de becario, se considerará a estos efectos como rendimiento académico que debe cumplir el solicitante para obtener beca en los nuevos estudios, el requisito académico que hubiera debido obtener en el último curso de los estudios abandonados, con excepción de quienes concurran a mejorar la nota de la prueba de acceso a la universidad que podrán hacer uso de esta última calificación.
. No se considerarán cambios de estudios las adaptaciones a nuevos planes de las mismas enseñanzas, debiendo, en todo caso, cumplirse los requisitos académicos establecidos con carácter general.